Finaliza el juicio contra el Fiscal General del Estado

17 Nov 2025

 

 

El día 3 de noviembre de 2025 se inició, en el Tribunal Supremo de España, el juicio contra el Fiscal General del Estado (FGE) y el 14 de noviembre se dio por finalizado. Ahora toca esperar hasta que se haga pública la sentencia. Esta puede ser absolutoria o condenatoria. Con posterioridad a su publicación se podrán realizar los recursos que las leyes permitan y las partes consideren oportunos.

Los medios de comunicación han insistido muchos sobre lo insólito del juicio, sentar en el banquillo a todo el Fiscal General del Estado. Incluso muchas voces han pedido que debía de dimitir por razones de imagen y deterioro de la institución. El FGE cree en su inocencia y ha considerado que no tenía que dimitir y en ese criterio se ha mantenido. 

Tengo que afirmar que la decisión de no dimitir me ha parecido correcta. Yo en su lugar hubiera hecho lo mismo. 

Quizá lo insólito del juicio no es que se haya sentado en el banquillo al FGE, sino el argumentario que se ha utilizado para ello. Hay que recordar que en un estado de derecho, una acusación, no es motivo suficiente para provocar la dimisión porque el FGE “no tiene que demostrar su inocencia” sino que los que les acusan tienen que “demostrar la culpabilidad”. Podemos concluir diciendo que quién dañado su imagen es la propia “la justicia” (poder judicial) en su conjunto. 

La acción de la justicia la tenemos que analizar a lo largo de las fases de: denuncias, instrucción, juicio y sentencia. 

Las denuncias ya fueron controvertidas y para un buen número de juristas dicen que “no hay caso”.  La instrucción ha tenido sus más y sus menos, pero es el juez instructor el que decide sobre si va a juicio o no.  Durante el juicio las declaraciones de los testigos han sido contundentes: El Fiscal no es el responsable. El responsable es otro. La parte acusadora no ha aportado pruebas claras. En consecuencia, el Tribunal Supremo tiene tarea por delante y cualquier decisión que tome la sentencia será analizada con lupa tanto en España como en los tribunales internacionales. 

La ciudadanía, no experta en temas jurídicos, ha visto el caso como lucha interna entre poderes que le provoca rechazo y apoliticismo. También hay ciudadanía que consideran que en este juicio se ha puesto en evidencia las tensiones internas que se producen en toda estructura social. Pero hay otro tercer grupo de ciudadanía que considera que la situación se debe a la estrategia de acoso y derribo del Gobierno que están llevado algunas fuerzas parlamentarias y extraparlamentarias. 

Por ello, resistir vuelve a ser una nueva versión de vencer.  Porque como dice el FGE en su ultima intervención en el juicio “La verdad no se filtra, la verdad se defiende”.

Y mientras tanto se ha celebrado un nuevo juicio relacionado con la Gürtel que afecta al PP y no se ha dado información a la ciudadanía.  
 

 

Multitudinaria manifestación celebrada en Valencia             el 25 de octubre 2024

El día 29 de octubre de 2025 se cumple un año de la fatídica Dana que inundó una buena parte de la provincia de Valencia, aunque también afectó a territorios de   Aragón, Castilla la Mancha, Andalucía, y Cataluña.

Un año después y Mazón sigue sin decir donde estaba el día de la Dana.

¿Qué haría que no lo quiere decir?

La Comunitat Valenciana vivió una inundación devastadora, el mayor desastre medioambiental de la historia reciente de España. Cumpliéndose así lo que Raimón nos transmitía en 1983 (después de la pantanada deTous) con su canción En mi país la lluvia no sabe llover:

Al meu país la pluja no sap ploure:
o plou poc o plou massa;
si plou poc és la sequera,
si plou massa és la catàstrofe

Los municipios que se vieron afectados albergan a casi dos millones de personas. Además de Valencia, los municipios afectados se encuentran desde Requena-Utiel hasta la costa y lógicamente aquellos que se encuentran al final del curso de los cauces fueron los más afectados como Catarroja, Paiporta, Chiva, Massanassa, Aldaya, etc

Al cumplirse el año de la Dana no podemos más que recordar aquel desastre humano con 229 víctimas y solidarizarnos con todas y cada una de las víctimas y familias. La destrucción material de viviendas, industrias, infraestructuras en algunas zonas fue total y a pesar de los esfuerzos personales y colectivos tardaremos más de una década en volver al nivel previo a las inundaciones. 

La Dana se ha llevado vidas, proyectos de vida, ilusiones, recuerdos…que no los recuperaremos nunca. La Dana también nos ha traído solidaridad, colaboración y desgraciadamente aprovechados, mal intencionados que quieren sacar provecho de las desgracias humanas. Pero de esta experiencia y desdicha ¿aprenderemos algo para que no vuelva a ocurrir? 

Investigadores de la Universidad de Valencia han puesto de manifiesto que tres de cada diez viviendas afectadas por la DANA fueron construidas en zonas inundables durante la burbuja inmobiliaria. También que 130.000 viviendas, en la provincia de Valencia, están ubicadas en áreas inundadas por la DANA 

Un año después algunas personas con responsabilidades de gestión política y de las emergencias, están inmersas en fase de instrucción judicial mientras que sectores de la población se han polarizado entre quienes quieren saber la verdad y exigir responsabilidades políticas y de gestión y quienes quieren tapar las responsabilidades o echárselas a otros. Un año después seguimos sin saber muchas cosas pero tenemos la esperanza de conocerlas en sede judicial porque desde el principio de la Dana se nos ha escondido la verdad, se nos ha mentido, engañado, confundidos de forma interesada.

El PP ha dado diversas versiones contradictorias. Nos ha mentido y ha acusado a las víctimas, pero el partido VOX sostiene a los mentirosos y por ello son cómplices de las oscuridades, mentiras y bulos que sostienen a Mazón. Vox exige por sostener a Mazón y al PP y Mazón traga con lo que le pidan. 

A pesar de esa realidad, ya tenemos evidencias claras:

  1. Aunque la Dana no se pudo evitar sí que los daños producidos se podían haber minimizado.
  2. Que la responsabilidad de la gestión correspondía a la Generalitat Valenciana.
  3. Que la gestión de la pre y emergencia fue desastrosa.
  4. Que seguimos sin saber dónde estaba el Presidente de la Generalitat.
  5. Mazón sigue sin dimitir y asumir sus responsabilidades políticas porque busca estar protegido judicialmente.
  6. El PP es incapaz de forzar su dimisión por lo que se hace corresponsable de la situación.
  7. Feijoo ha sido incapaz, por intereses personales, de exigirle responsabilidades, pedirle la dimisión a Mazón.
  8. Vox es el partido que sostiene a Mazón
  9. Creemos que terminará imputado y una buena parte de la sociedad valenciana desea que sea juzgado y condenado.
  10. La manifestación celebrada en Valencia el día 25 de octubre, con una asistencia de más de 50.000 personas pedían la dimisión del Presidente Mazón, gritos de asesino y “Mazón a Picasent” (a la cárcel), pone en evidencia el fuerte rechazo de la sociedad valenciana a Mazón y a quienes lo sostienen.

 

Mazón sigue sin responder qué hizo y dónde estaba mientras la población se estaba ahogando. Esta actitud no se lo perdona la sociedad valenciana. Están apareciendo opiniones sobre donde estaba y la gente se pregunta ¿qué estaría haciendo para que, después de un año, sea inconfesable sus actos? ¿Estaba soñando con el dios Morfeo?, ¿con Bacon?, ¿estaba susurrando al dios Eros? o ¿estaba “colocaito”.

Mazón y algunos o algunas más saben dónde estaba. También la sociedad terminaremos sabiéndolo, aunque sea a través de un proceso judicial. Y cuando esto ocurra no habrá perdón para Mazón y quienes lo están sosteniendo.

¿Cuando debe dimitir un representante?

El 15 de octubre de 2025 se ha producido una de las noticias más preocupantes en España de las últimas semanas.  El juez del Tribunal Supremo, Leopoldo Puente, en el auto sobre el diputado José Luis Ábalos, ha incluido un párrafo que ha indignado a los partidos políticos del Congreso de Diputados y a un sector importante del Poder Judicial, expertos y estudiosos del derecho y a comentaristas de la prensa. Consideran que el juez se ha excedido en sus funciones y se ha entrometido en las propias del poder legislativo, produciéndose una intromisión del Poder Judicial en el Poder Legislativo. Hecho que evidencia que hay “jueces que intervienen en política” y que no respetan la división de poderes tal como lo recoge la Constitución de 1978. 

El párrafo decía “ (…) este instructor no es ajeno al natural estupor que produce que una persona, frente a la que gravitan tan consistentes indicios de la eventual comisión de muy graves delitos (...) pueda mantenerse ejerciendo a la vez las altas funciones que corresponden a un miembro del Congreso” y añadía que era  “un buen motivo para la reflexión” y propone que  “que pudiera articularse por ley algún mecanismo apto para impedirlo”, aunque reconoce que “la modificación de las normas” no es “una competencia que corresponda a los miembros del Poder Judicial”. En este caso, criticarlas tampoco es de su competencia.

Representantes del Congreso, partidos y comentaristas políticos, han respondido al juez del Supremo diciendo que su papel no es opinar sobre las leyes porque “…el papel del poder judicial es cumplir las leyes, no opinar sobre ellas” además de mantener la presunción de inocencia hasta que se produzca una sentencia en firme.

Nosotros consideramos que el Poder Judicial es el que juzga con las leyes que aprueba el Congreso de Diputados que es el representante de la soberanía popular que surge de las urnas.  Sectores que defienden los postulados del juez como alguna prensa, partidos, asociaciones… consideran que Ábalos debe de dimitir del Congreso porque es un indigno representante. 

En definitiva, lo que se ha planteado, de forma inadecuada, es la siguiente pregunta: ¿Cuándo debe dimitir un Diputado o Diputada? Las respuestas son variadas y van desde los que piden la dimisión por cualquier razón, cuando está en situación de “denunciado”, investigado”, cuando se le juzga, “sentenciado en firme y se le inhabilita para el cargo”, “lo pide el partido” al que concurrió a las elecciones, cuando “lo decide el diputado o diputada” imputada, etc.  Otros, sin embargo, piensan que debe de dimitir por razones de ética social.

Otros pensamos que si no se producen cambios legislativos y siguiendo la doctrina del Tribunal Constitucional, la respuesta parece clara: primero porque el acta es de la persona (diputado o diputada) y no del partido o coalición electoral con el que concurre a las elecciones y en segundo lugar, solamente una sentencia que lo inhabilite para el cargo le impedirá ejercer los derechos que tiene como Diputado.

La situación nos puede llevar a plantearnos otras vías de solución como cambios en la legislación sobre las listas electorales, en las leyes electorales, eliminar aforamientos, etc. 

Mientras los cambios no lleguen habrá que seguir defendiendo que los y las diputadas pueden dimitir cuando consideren oportuno o cuando la ley le obligue a ello. Pero no podemos admitir que la simple petición de una entidad o persona pueda obligar a la dimisión. Tenemos ya demasiada experiencia política sobre como eliminar al adversario político por lo que la simple denuncia, sospecha o interés del denunciante no es suficiente. Tenemos que corregir que las dimisiones, varios años después, una vez producidas las sentencias, absolutoria o condenatoria, deje en el camino vidas destruidas puesto que no se produce una rehabilitación integra del caso.  

Si opinamos desde la perspectiva del estado de derecho, cambiemos las leyes y defendamos su aplicación, pero si hablamos desde la “imagen social que se proyecta” o “de la ética personal y social”, desde “la coherencia”, entramos en otra dimensión social.
 

 

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